ACTA CONSTITUTIVA DE LA EMPRESA MERCANTIL “INGENIERÍA Y SERVICIOS INDUSTRIALES, C.A.”, INGSERVIN
PUBLICACIONES MERCANTILES LIRA & HERNANDEZ

ACTA CONSTITUTIVA DE LA EMPRESA MERCANTIL “INGENIERÍA Y SERVICIOS INDUSTRIALES, C.A.”, INGSERVIN

RAÚL LIRA | 30 abr 2021

CIUDADANA:

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO, SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.

Su despacho.-

Yo, MILÁNGALA LEÓN ACOSTA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, Abogado en ejercicio inscrita por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 102.807, titular de la cedula de identidad No. V-13.730.141, de este domicilio, debidamente autorizada por la Asamblea de Socios de la Sociedad Mercantil  de este domicilio, denominada “INGENIERÍA Y SERVICIOS INDUSTRIALES, C.A.”, INGSERVIN como se evidencia en la cláusula Vigésima Segunda del Documento Constitutivo, ante Usted acudo con el fin de presentar para su registro la referida Acta Constitutiva Y Estatutaria de la mencionada empresa, para dar cumplimiento a lo establecido en el ordenamiento legal venezolano,  particularmente en el Artículo 215 del Código de Comercio.

Este documento constitutivo ha sido redactado con suficiente amplitud, para que sirva a su vez de documento estatutario. Igualmente acompaño a este documento los anexos correspondientes exigidos para su registro. Solicito,  Ciudadana Juez  que una vez verificado que se cumple con los requisitos de ley se sirva realizar ordenar su Registro y Archivo  en los Libros de Comercio llevados por este tribunal, y que una vez realizada esta formalidad se sirva expedirme una (01) copia certificada, a los fines legales consiguientes. Es justicia en Carúpano  a la fecha de su presentación.

Fdo. MILÁNGALA LEÓN ACOSTA

 

 

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.

Carúpano 29 de abril del año 2021.

209º y 161º

Por presentado el anterior documento por su Firmante, para su inscripción en el Registro Mercantil y fijación correspondiente. Hágase de conformidad  archívese el original. El anterior documento redactado por el abogado MILÁNGALA LEÓN inscrito en el Inpreabogado bajo el No 102.807 el cual se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Nº 68 folios 445 al 455 Tomo Nº 1-A, Segundo Trimestre.- La identificación se efectuó así: MILÁNGALA LEÓN ACOSTA, titular de la cedula de identidad No V-13.730.141 inserción fue hecha por: Dameris Rondon (asistente II).Fdos.

La Juez

Abog  Susana G de Malavé

La Secretaria,

Abg Francis Vargas

 

Nosotros YRANIA DEL VALLE CASTILLO RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, comerciante. y titular de la cédula de identidad No V- 14.253.492, Rif V 142534920. y DIONNY ALEXNDER MARTINEZ HERNANDEZ venezolano, mayor de edad soltero, comerciante, y titular de la cedula de identidad No V-20.374.548, Rif V-203745482, ambos, domiciliados en el municipio Bermúdez del estado Sucre, declaramos que  hemos convenido en constituir como en efecto lo hacemos en este acto una sociedad mercantil, bajo la forma de Compañía Anónima, la cual se regirá por el Código  de Comercio y por la presente Acta Constitutiva, redactada con suficiente amplitud, para que sirva a la vez de Estatutos Sociales de la Compañía y de acuerdo a las siguientes Clausulas

TITULO I

DENOMINACIÓN, OBJETO. DOMICILIO Y DURACION

PRIMERA: Esta sociedad se denominara “INGENIERÍA Y SERVICIOS INDUSTRIALES, C.A.”, pudiendo abreviarse INGSERVIN.

SEGUNDA: El objeto principal de esta sociedad mercantil será todo lo relacionado con la construcción, reparación y mantenimiento de obras civiles, construcción de aceras, brocales vialidad urbana rural y agrícola, perforación de pozos de agua, mantenimiento vial, bacheos, servicios topográficos, levantamiento y movimientos de tierras, paisajismos, demoliciones. cncementados y asfaltados de calle:, y carreteras, organización y realización de pruebas neumáticas, e hidrostáticas, construcción de sistemas eléctricos, electricidad industrial, montaje de tableros y celdas en baja, media y alta tensión motores eléctricos y equipos de generación, tendidos de líneas de transmisión de alta y baja tensión, instalación  de postes y banco de transformadores control de líneas de alumbrado, construcción reparación y mantenimiento  de obras hidráulicas, mecánicas y metalmecánicas, limpieza, mantenimiento y reparación de tuberías oleoductos, gasoductos, poliductos acueductos, cloacas y drenajes, elaboración de proyectos de construcción eléctricas, capacitación y adiestramiento de personal especializado, instalación y mantenimiento de bombos, servicio Je impermeabilización, electricidad, soldadura, plomería, pintura, fumigación, herrería, refrigeración, albañilería,  mantenimiento de áreas verdes, transporte pesado o liviano, de personal, materiales, maquinaría, equipos partes piezas y alimentos, para la industria petrolera, gasífera, minera, petroquímica, turística, y metálica, alquiler, venta, y suministro de herramientas, equipos, repuestos y accesorios para la construcción, materiales eléctricos, artículos y materiales de ferretería, suministro de artículos de limpieza y aseo personal, materiales y artículos de oficina y computación, alquiler de toldos, mesas y sillas, publicidad, elaboración, suministro y distribución de alimentos perecederos y no perecederos, pasapalos, hielo, agua y comidas preparadas Podrá realizar adiestramiento y capacitación profesional presencial y online. Finalmente podrá efectuar todo tipo de actividad de licito comercio afines o conexos con el objeto principal aquí establecido, ya que las aquí enumeradas son a titulo enunciativo y no limitativo La vigencia de esta firma comenzará a partir de la fecha de su correspondiente inscripción en la Oficina de Registro Mercantil de esta Jurisdicción.

TERCERA: La Compartía tendrá como domicilio principal, será calle Victoria c-c Juncal. Edificio Waah, piso 2, apto 4-B. Carúpano, parroquia Santa Catalina municipio Bermúdez, estado Sucre, pero podrá establecer oficinas, agencias sucursales o dependencias en cualquier lugar dentro y fuera de la República Bolivariana de Venezuela.

CUARTA: La sociedad tendrá, uno duración de Cincuenta (50) años, contado a partir de la fecha de inscripción de este Documento en el Registro Mercantil, sin embargo, podría ser aumentada o disminuida a juicio de la Asamblea General de Accionistas.

TÍTULO II

CAPITAL SOCIAL, ACCIONES V ACCIONISTAS

 QUINTA: El capital social de la Compartía es la cantidad de CUATRO MILLARDOS DE BOLIVARES (BS. 4.000.000.000,00), divididos y representados en Cuatrocientas (400) acciones nominativas no convertibles al portador, con un valor nominal de DIEZ M1LLONES DE BOLIVARES (Bs 10.000.000.00), cada una, dichas acciones han sido totalmente suscritas y pagadas por los socios propietarios según balance que se anexa.

SEXTA: El Capital ha sido suscrito y pagado en su totalidad de la siguiente manera: DIONNY ALEXANDER MARTINEZ HERNANDEZ, suscribe y paga 360 acciones con un valor nominativo de (Bs 10.000.000), cada una para un total de TRES MILLARDOS SEISCIENTOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs 3.600.000.000,00), e IRANIA DEL V ALLE CASTILLO RODRIGUEZ suscribe y paga 40 acciones con un valor nominativo de (Bs 10.000.000.00), cada una, para un total de CUATROCIENTOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs 400 000,000.00).

SEPTIMA: En ningún caso podrán convertirse en acciones al portador. La propiedad  y cesión de las acciones se prueba y se hace respectivamente de conformidad con lo previsto en el artículo 296 del Código de Comercio.

OCTAVA:   los accionistas tienen derecho preferente para la compra de las acciones en venta al precio que arroje el último balance y en proporción al capital suscrito por cada uno de ellos debiendo a tal efecto el vendedor  participar por escrito, su propósito de venta a los demás accionistas. El derecho propietario de compra, será válido por Sesenta (60) días, contados a partir de la fecha de oferta, vencido este plazo sin que los accionistas hayan ejercido el referido derecho, el vendedor podrá efectuar la venta de sus acciones a terceros.

 

TITULO III

DE LA ADMINISTRACION DE LA COMPAÑIA

NOVENA: E1 primer ejercicio económico  de la Compañía comenzará el día siguiente de su inscripción en el Registro Mercantil y cerrara el día Treinta y uno (31) de Diciembre del mismo año. Los ejercicios económicos sucesivos comenzaran el día Primero (1ero) de cada año y terminaran el día treinta y uno (31) de diciembre del  mismo año....                                 

DÉCIMA: La dirección v administración estará a cargo de una junta directiva integrada por Un Presidente, Un Vice-presidente que podrán ser miembros accionistas. La junta directiva se reunirá cuantas veces sea necesario y conveniente para los  intereses de la Compañía Al tomar posesión de sus cargos v a los efectos de lo dispuesto en el Artículo 244 del Código de Comercio cada uno de sus integrantes depositara en la caja social, tres (3) acciones o su valor equivalente, cuando no sean accionistas de la Compañía.

DÉCIMA PRIMERA: Los miembros de la Junta Directiva, duraran CINCO (05) años en el ejercicio de sus funciones pudiendo ser reelegidos, y en todo caso continuaran en sus cargos hasta ser reemplazados. La falta temporal o absoluta de un miembro principal de la Junta Directiva, será sustituida por su correspondiente suplente, quien será electo en la asamblea de accionistas en la misma oportunidad que los miembros principales………

DÉCIMA SEGUNDA: En el ejercicio de sus funciones la Junta Directiva actuando de manera  Conjunta o Separada, podrán realizar todas las gestiones y operaciones diarias de SIMPLE ADMINISTRACIÓN de los negocios inherentes al cumplimiento del objeto social de la compartía, entre las cuales se pueden anunciar las siguientes: 1.- Convocar v presidir las asambleas ordinarias y extraordinarias. 2- Celebrar toda clase de contrato en que tenga interés la Compañía, por el valor y la duración que consideren conveniente, sean civiles, mercantiles, laborales, sociales etc,  pudiendo rescindirlos, modificarlos, prorrogarlos o subcontratarlos. 3- Autorizar con sus firmarlos documentos, certificaciones, informes y cualquier otro instrumento escrito. 4.- Ordenar la elaboración del informe anual que será presentado a la Asamblea de socios al final de cada ejercicio económico Perolas más altas facultades de ADMINISTRACIÓN, DISPOSICIÓN Y SUPERVISIÓN DE LA SOCIEDAD, sin limitación ni reserva  alguna, la ejercerá EL PRESIDENTE, en este sentido tendrán entre otras atribuciones las siguientes: A) Representar a la Compañía en todos los asuntos judiciales o extrajudiciales , quedando facultado para Obrar en todos los actos judiciales y extrajudiciales en los que la Compañía sea parte o tenga  interés como demandada o como demandante, pudiendo, entre otras cosas, intentar y/o contestar todo tipo de  demandas, cuestiones previas y reconvenciones; desistir, convenir, transigir, darse por citados o notificados, promover  todo tipo de  pruebas y hacerlas valer, tales como: inspecciones judiciales, experticias, testigos, etc., solicitar medidas preventivas de embargos, recibir cantidades de dinero otorgando los correspondientes recibos, solicitar y absolver posiciones juradas, solicitar la ejecución de los fallos definitivamente firme, seguir el juicio en todas sus instancias, grados e incidencias, hacer uso de todos los recursos ordinarios y extraordinarios inclusive el de caución, y en fin, hacer todo cuanto consideren necesario para la mejor defensa de los derechos, sociedad, acciones e intereses de la sociedad. B) Recibir cantidades de dinero a nombre de la compañía, así como adquirir bienes que la empresa requiera para su funcionamiento. B) Abrir, cerrar, movilizar cuentas bancarias de la Compañía. C) Librar. aceptar. endosar avalar y protestar letras de cambio, cheques o pagares y cualquier otro documento cambiario a nombre de la compañía. D) Comprar, vender, permutar arrendar. Ceder, hipotecar y en cualquier forma enajenar bienes muebles o inmueble actúales o futuros, de la compañía, firmando los libros o protocolos a que hubiere lugar. Solicitar préstamos, pagares, fianzas, créditos de cualquier naturaleza y tipo, con o sin garantías. E) Contratar y remover empleados y obreros y fijar su remuneración Fijar los gastos ordinarios y  extraordinarios de la sociedad.  F) Convocar las Asambleas de Junta Directiva, así como las Asambleas de Socios, sean estas ordinarias o extraordinarias. G) Ejercer lo representación de la Compañía ante Organismos Fiscales. Impuestos Sobre la Renta, Organismos Públicos y Privados. Institutos Autónomos. Organismos Municipales, Asociaciones y Corporaciones. Seguro Social. Ministerios, Sindicatos, Organismos de Tránsito y del Trabajo. Personas Jurídicas y Naturales y ante cualquier Ente Público creado o que se creare- Otorgar poderes generales o especiales a persona o personas de su confianza, sean abogados o no. concediendo las atribuciones que consideren de interés aun cuando no estén expresamente establecidas en este documento y revocar tales mandatos cuando igualmente lo consideren procedente. H) Resolver sobre las operaciones mercantiles de toda Índole, que correspondan al giro de la Compañía con facultades de disposición para la enajenación v gravamen de sus bienes.  I) Ejercer cualquier otra atribución que consideren convenientes a los intereses de la empresa, pues se declara expresamente que las materias y atribuciones indicadas en el presente artículo son de carácter enunciativo y no taxativo.

DÉCIMA TERCERA: Las facultades y atribuciones, anteriormente enunciadas no son restrictivas y por lo tanto no limitan los poderes del presidente de la Juma Directiva.

TÍTULO IV

DE LAS ASAMBLEAS

 

DÉCIMA CUARTA: Para la validez de las deliberaciones de las asambleas, sean Ordinarias y Extraordinarias es necesario que estén representadas en la misma en un cien por ciento (100%) de la totalidad de las acciones que integran el Capital Social y las decisiones se adoptarán válidamente con el voto favorable del cien por ciento (100%) del Capital Social.

DECIMA QUINTA: La asamblea de accionistas se reunirá en el domicilio social de la Compañía, las ordinarias en cualquier día de la Segunda Quincena del mes de febrero de cada año, las extraordinarias cada vez que lo reclame los interesados de la Compañía, a juicio de la Junta Directiva………………………………..

DECIMA SEXTA: Son atribuciones especiales de la Asamblea General de Accionistas a) Examinar, aprobar o improbar el Balance General del informa de los directores y del Comisario, b) Acordar el reparto de dividendos y utilidades, c) modificar el documento constitutivo, d) Designar la Junta Directiva el Comisario y sus suplentes, e) las demás que le señalen el Documento Estatutario, así como las previsiones legales pautadas en el  Código de Comercio…………………………………….

DECIMO SEPTIMA: La Compañía tendrá UN (01) COMISARIO, el cual durara en sus funciones Cinco (05)  años y las ejercerá de acuerdo a lo previsto en el Código de Comercio vigente………………………………………..

DÉCIMA OCTAVA: La contabilidad de la Compañía, llenara los requisitos previstos por la Ley realizando el Corte de Cuentas, el treinta y uno (31) de Diciembre de cada año…………

DÉCIMA NOVENA: La formulación del Balance y demás Estados Financieros se harán según las normas establecidas en el Código de Comercio, De las utilidades  se tomaran un cinco por ciento (5%) para el fondo de Reserva Legal. hasta alcanzar el diez por ciento (10%) del Capital Social.

TÍTULO V

RESOLUCIONES TRANSITORIAS

VIGÉSIMA. Para la junta directiva que regirá la compañía se hacen los siguientes  nombramientos Presidente: DIONNY MARTINEZ HERNANDEZ.  Vicepresidente: YRAMA CASTILLO RODRIGUEZ.- Se designa para ocupar el cargo de Comisario a la Lic. LEIDYS VIRGINIA CONZALEZ ROSAL, titular de la cédula de identidad Nro. 19.331.337, Contador Público inscrito por ante el CPC Nro. 131 640

VIGÉSIMA PRIMERA: En todo lo no previsto en este documento, se aplicaran las disposiciones contenidas en el Código de Comercio y demás leyes aplicables en nuestro país.

VIGESIMA SEGUNDA: Se autoriza suficientemente a la abogada MILÁNGALA LEÓN ACOSTA, titular de la cedula de identidad No. V-13.730.141 e inscrita por ante el I.P.S.A bajo el Nro. 102.807, para que efectúe la participación correspondiente en el Registro Mercantil pudiendo firmar todos los Documentos necesarios para tal fin, y efectuar todas las diligencias necesarias para obtener la Personalidad Jurídica de la Compañía. El presente documento ha sido leído, aceptado y suscrito por los Accionistas. Carúpano a  los 18 de abril de 2021.Fdos.

Presidente DIONNY MARTINEZ HERNANDEZ. CI: No V-20.374.548, Rif V-203745482

Vicepresidente: YRAMA CASTILLO RODRIGUEZ. CI: No V- 14.253.492, Rif V 142534920

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-

ABOGADO: SUSANA GARCIA DE MALAVE, Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, Agrario Bancario del Segundo Circuito De La Circunscripción Judicial del Estado Sucre. CERTIFICA: Que las copias fotostáticas que anteceden son traslados fieles y exactos de sus originales, relacionados con la  Sociedad Mercantil “INGENIERÍA Y SERVICIOS INDUSTRIALES, C.A.”,   Inserta bajo el Nº 68 Folios 445 al 455 Tomo No. 1-A, Segundo Trimestre, llevado en este Tribunal durante el corriente año 2021, dichas copias fueron elaboradas por el ciudadano: Dameris Rondon persona autorizada y quien junto conmigo la suscribe a objeto de dar cumplimento con lo establecido en el Artículo 226 del Código de Comercio. Carúpano 29 de abril del año 2021.Fdos

La Juez,

Abog. Susana G de Malavé

                       Persona Autorizada,

Dameris Rondon

Asistente II

 

SERVICIO CON RAPIDEZ

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