REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
***MINISERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA***
SERVICIO AUTONOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS.
REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO SUCRE
RM No 424
210º Y 161º
Abogado EULALYS M GONZALEZ R, REGISTRADORA MERCANTIL
CERTIFICA
Que el asiento de Registro de Comercio transcrito a continuación, cuyo original está inscrito en el Tomo: 31-A RM424. Número: 34 del año 2020, así Como La Participación, Nota y Documento que se copian de seguida son traslado fiel de sus originales, los cuales son del tenor siguiente:
424-13753
ESTE FOLIO PERTENECE A:
DISTRIBUIDORA NORTE, C.A
Número de expediente: 424-13753
CIUDADANO:
REGISTRADOR MERCANTIL PRIMERO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
SU DESPACHO:
Yo, SEGUNDO ANTONIO MARCANO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° V- 5.882.128 y de este domicilio, ante usted respetuosamente ocurro y expongo: En fecha 10 de julio del 2.017, se celebró en esta ciudad una Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la Empresa la Firma Mercantil DISTRIBUIDORA NORTE, C.A., Rif. Nº J-31141591-2, debidamente inscrita por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, anotado bajo el Nº 42, folios 203 al 216, tomo Nº 1, Segundo Trimestre, de fecha 21 de Abril del 2.004, posteriormente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero del Estado Sucre, en fecha 01 de Agosto del año 2.016, anotado bajo el N° 36, tomo 32-A RM424, Expediente N° 424-13753.
Ahora bien, para fines legales pertinentes solicito la publicación de la presente Acta en los libros de Registro de Comercio y se me expida Copia Certificada de la misma, para su correspondiente publicación. Es justicia. Cumaná, 20 de Noviembre de 2.020.
_______________________
SEGUNDO ANTONIO MARCANO
C.I Nº V-5.882.128
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
***MINISERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA***
SERVICIO AUTONOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS.
REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DEL ESTADO SUCRE
RM No 424
210º Y 161º
Municipio Sucre, 22de Diciembre del año 2020
Por presentada la anterior participación por su FIRMANTE, para su inscripción en el Registro Mercantil, fijación y publicación. Hágase de conformidad y agréguese el original al expediente de la Empresa Mercantil junto con los recaudos acompañados. Expídase la copia de publicación. El anterior documento redactado por el abogado SEGUNDO ANTONIO MARCANO IPSA N.:45767, se inscribe en el Registro de Comercio bajo el Número: 34, TOMO: -31-A RM424. Derechos pagados Bs 3.169.200,00 Según Planilla RM No. 42400124592 Banco No XXX Por BS: 0,26. La identificación se efectuó así: ALEXANDER RAFAEL ALBORNETT VIZCAINO, MAIRELYS COROMOTO MENDOZA MALAVER, CI: V- 12.505.954, V- 17.418.498.
Abogado Revisor: KELWIN ELIECER PADILLA GARCIA
LA INSERCIÓN FUE HECHA POR LILIANA DEL VALLE GUTIERREZ MARCANO
REGISTRADORA MERCANTIL
Abogado EULALYS M GONZALEZ R
ESTA PÁGINA PERTENECE A:
DISTRIBUIDORA NORTE, C.A
Número de expediente: 424-13753
MOD
ACTA DE ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS
En Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, siendo las 10:00 a.m del 20 de Noviembre del 2.020, reunidos previa convocatoria en la sede de la Empresa DISTRIBUIDORA NORTE, C.A., Rif. Nº J-31141591-2, debidamente inscrita por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, anotado bajo el Nº 42, folios 203 al 216, tomo Nº 1, Segundo Trimestre, de fecha 21 de Abril del 2.004, posteriormente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero del Estado Sucre, en fecha 01 de Agosto del año 2.016, anotado bajo el N° 36, tomo 32-A RM424, Expediente N° 424-13753, presentes los accionistas ciudadanos: ALEXANDER RAFAEL ALBORNETT VIZCAINO, venezolano, mayor de edad, comerciante, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 12.505.954, Rif Nº 12505954-2 y de este domicilio, propietario de DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTAS CINCUENTA Y UN MIL CUATROCIENTAS NOVENTA (299.851.490) Acciones, por un valor nominal de DOS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CATORCE BOLIVARES, CON NOVENTA CENTIMOS (Bs.2.998.514,90), lo que representa el 99,95% del Capital Accionario y la ciudadana MAIRELYS COROMOTO MENDOZA MALAVER, venezolana, mayor de edad, comerciante, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 17.418.498, Rif. Nº 17418498-0 y del mismo domicilio, propietaria de CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTAS DIEZ (148.510) Acciones, por un valor nominal de MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO BOLIVARES, CON DIEZ CENTIMOS (Bs.1.485,10), lo que representa el 5% del capital social y accionario, para conformar así el 100% del capital social y accionario de la compañía, para deliberar la agenda siguiente: PUNTO UNICO: Cesión y traspaso de las Acciones de la Socia MAIRELYS COROMOTO MENDOZA MALAVER y Modificación De La Cláusula Quinta de los Estatutos referente al Capital Social y a las Acciones. Verificado el quórum por el Presidente, se declara válidamente constituida La Asamblea, por estar representado en la misma el 100 % del capital social y accionario, pasando a deliberar sobre la citada agenda, aprobándose la misma por unanimidad. Respecto al PUNTO UNICO del orden del día, toma la palabra la Socia MAIRELYS COROMOTO MENDOZA MALAVER y manifiesta que en fecha 20 de Noviembre del 2.020, suscribió un convenio con el accionista ALEXANDER RAFAEL ALBORNETT VIZCAINO, antes identificado en el cual acordaron la disolución y liquidación de la comunidad concubinaria existente entre ambos desde el 10 de Enero del 1.998, hasta el 12 de Octubre del 2.018, que en dicho convenio establecieron en forma expresa que la totalidad; es decir, el 100% de las acciones que conforman el capital accionario de la empresa DISTRIBUIDORA NORTE, C.A., Rif. Nº J-31141591-2, pasarían a ser propiedad exclusiva del socio ALEXANDER RAFAEL ALBORNETT VIZCAINO; en tal sentido, a los fines de dar cumplimiento a lo acordado en el convenio supra citado, cedo y traspaso formalmente las CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTAS DIEZ (148.510) Acciones de mi propiedad en la prenombrada empresa, las cuales tienen un valor nominal de MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO BOLIVARES, CON DIEZ CENTIMOS (Bs.1.485,10), al ciudadano ALEXANDER RAFAEL ALBORNETT VIZCAINO, antes identificado, quien manifiesta en este mismo acto su voluntad de adquirirlas. A los fines legales pertinentes, se estima el precio de la presente cesión y traspaso de acciones en la cantidad de MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO BOLIVARES, CON DIEZ CENTIMOS (Bs.1.485,10), lo que constituye el valor nominal de dichas acciones. Con el otorgamiento de la presente acta y el asiento en el libro de accionistas se hace la tradición legal. Como consecuencia de la venta de las acciones realizadas, se hace necesario modificar La Cláusula Quinta de los Estatutos de la Compañía referente al capital social y a las acciones, quedando redactada de la siguiente manera: “CLAUSULA QUINTA: El Capital social de la Compañía es la cantidad de TRES MILLONES DE BOLIVARES (Bs.3.000.000,00), divididos en Trescientos Millones (300.000.000) de Acciones, nominativas y no convertibles al portador, con un Valor Nominal de Un Céntimo De Bolívar (Bs.0,01) cada una, suscritas y pagadas en su totalidad por los socios de la manera siguiente: El accionista ALEXANDER RAFAEL ALBORNETT VIZCAINO, suscribe y paga Trescientos Millones (300.000.000)de Acciones, por un valor nominal de TRES MILLONES DE BOLIVARES (Bs.3.000.000,00)”. De esta Asamblea General Extraordinaria de Accionistas, el 100% de las acciones que conforman el capital social, pasan a ser propiedad exclusiva del socio ALEXANDER RAFAEL ALBORNETT VIZCAINO.- “Quienes suscribimos la presente Asamblea declaramos bajo fe de juramento: Que los capitales, títulos, haberes, valores o títulos del acto jurídico otorgado a la presente fecha, proceden de actividades lícitas, las cuales pueden ser comprobadas por organismos competentes y no guardan relación alguna con actividades acciones o hechos ilícitos contemplados en las leyes venezolanas y a la vez declaramos que los fondos producto de este acto tendrán destino lícito”. Agotada la agenda se da por concluida la Asamblea. Se autoriza al ciudadano SEGUNDO ANTONIO MARCANO, venezolano, mayor de edad, soltero, Abogado, titular de la Cédula de Identidad N° 5.882.128, Rif Nº 05882128-0 y de este domicilio, para solicitar la inserción e inscripción de la presente Acta de Asamblea por ante el Registro Mercantil Primero De La Circunscripción Judicial Del Estado Sucre. Fdo. MAIRELYS COROMOTO MENDOZA MALAVER. Fdo. ALEXANDER RAFAEL ALBORNETT VIZCAINO.
Yo, ALEXANDER RAFAEL ALBORNETT VIZCAINO, venezolano, mayor de edad, comerciante, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 12.505.954, Rif Nº 12505954-2, de este domicilio, procediendo en mi carácter de Presidente de la Firma mercantil DISTRIBUIDORA NORTE, C.A., Rif. Nº J-31141591-2, Declaro: Certifico la suscripción de la presente Acta, la cual es traslado fiel y exacto de su original, inserta en el Libro correspondiente. Carúpano, 20 de Noviembre de 2.020.
________________________________
ALEXANDER RAFAEL ALBORNETT VIZCAINO
PRESIDENTE
MUNICIPIO SUCRE 22 DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE (FDOS) ALEXANDER RAFAEL ALBORNETT VIZCAINO, MAIRELYS COROMOTO MENDOZA MALAVER Abogado EULALYS M GONZALEZ R SE EXPIDE LA PRESENTE COPIA CERTIFICADA DE PUBLICACIÓN SEGÚN PLANILLA NO.:424.2020.4.4319
Esta web se reserva el derecho de suprimir, por cualquier razón y sin previo aviso, cualquier contenido generado en los espacios de participación en caso de que los mensajes incluyan insultos, mensajes racistas, sexistas... Tampoco se permitirán los ataques personales ni los comentarios que insistan en boicotear la labor informativa de la web, ni todos aquellos mensajes no relacionados con la noticia que se esté comentando. De no respetarse estas mínimas normas de participación este medio se verá obligado a prescindir de este foro, lamentándolo sinceramente por todos cuantos intervienen y hacen en todo momento un uso absolutamente cívico y respetuoso de la libertad de expresión.
No hay opiniones. Sé el primero en escribir.