El trámite de inscripción, actualización y solicitud de cancelación en el Registro Único Tributario-RUT, se podrá realizar de forma presencial:
a) Directamente por el interesado o por quien ejerza la representación legal, acreditando la calidad correspondiente;
b) A través de apoderado debidamente acreditado, el cual no requiere tener la calidad de abogado.
De forma electrónica a través de la página web de la U.A.E. Dirección de Impuestos Aduanas Nacionales - DIAN, se podrán formalizar los siguientes trámites:
a) Inscripción en el Registro Único Tributario -RUT para las personas naturales del régimen simplificado del impuesto a las ventas que no realicen actividades mercantiles, previa verificación de información que realizará el sistema
b) Actualización del Registro Único Tributario -RUT para las personas naturales, previa verificación de información que realizará el sistema.
c) Actualización y solicitud de cancelación del Registro Único Tributario -RUT, con mecanismo de firma respaldado con certificado digital, para aquellos inscritos a quienes la U.A.E Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, le ha asignado tal mecanismo.
Inscripcion y formalizacion en el RUT
Habra que presentar los siguentes documentos:
Persona juridica: Certificado de existencia para quienes estan obligados de registrarse ante la camara de comercio y fotocopia de la cedula del reresentante legal.
Persona natural: Fotocopia del documento de identidad del solicitante y cuenta de ahorros a su nombre por sus obligaciones tributarias.
Actualizacion del RUT
En este proceso se realizan adicionaes y modificaciones a que haya lugar del docuemento inicial para lo cuaal se necestan os mismos documentos que para la inscripcion.
Cancelacion de RUT
Se realizara cancelacion del RUT si lo solicita el inscrito, por liquidacion, fusion, finalizacion del contrato de cosorcio u orden de la autoridad competente.
Inscripcion de oficio en el RUT
La U.A.E Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN podrá realizar de oficio la inscripción de los obligados, en el Registro Único Tributario -RUT-, previa orden judicial o administrativa declarada por autoridad competente, siempre y cuando la medida indique los datos relacionados con la identificación, ubicación y clasificación del obligado.
En todos los casos, la formalización requerirá de visita de constatación previa de ubicación y verificación de los datos suministrados en la orden.
La inscripción de oficio se comunicará al interesado a través de alguno de los medios utilizados por la U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN para el efecto. Comunicada la inscripción, la misma tendrá plena validez legal.
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