En este sentido la universidad, una vez los líderes de las áreas identifiquen quién o quiénes de su equipo cuentan con las condiciones para el desarrollo de sus funciones mediante la modalidad de Trabajo en Casa y puedan asegurar los resultados de forma remota, se podrá acudir a esta modalidad, teniendo en cuenta que:
"Para minimizar los efectos negativos en la salud ante el COVID-19 y siguiendo los lineamientos del Ministerio de Salud y Protección Social, y del Departamento Administrativo de la Función Pública, el Ministerio del Trabajo expidió la Circular 0018 del 10 de marzo de 2020, para aplicar en los ambientes laborales, en entidades del sector público y privado." Retomado de la Página del ministerio de trabajo https://www.mintrabajo.gov.co/documents/20147/0/0033_compressed.pdf/18cbf638-53af-73b1-c2c3-fcd8d52d0419?t=1587160269891
Esta web se reserva el derecho de suprimir, por cualquier razón y sin previo aviso, cualquier contenido generado en los espacios de participación en caso de que los mensajes incluyan insultos, mensajes racistas, sexistas... Tampoco se permitirán los ataques personales ni los comentarios que insistan en boicotear la labor informativa de la web, ni todos aquellos mensajes no relacionados con la noticia que se esté comentando. De no respetarse estas mínimas normas de participación este medio se verá obligado a prescindir de este foro, lamentándolo sinceramente por todos cuantos intervienen y hacen en todo momento un uso absolutamente cívico y respetuoso de la libertad de expresión.
No hay opiniones. Sé el primero en escribir.