Las Siete Leyes: Constitución centralista de 1836
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Las Siete Leyes: Constitución centralista de 1836

Estefania Montiel | 17 nov 2020


Conjunto de leyes de rango constitucional, promulgadas el 30 de diciembre de 1836 por el presidente interino de México, José Justo Corro. Las leyes le dieron forma a un régimen centralista, contrario al régimen federal establecido en la Constitución de 1824.

  • La primera ley establecía quienes podían ser considerados ciudadanos y tener derecho a voto. Se debía saber leer y escribir, y un ingreso mínimo. Quedaban excluidos los empleados domésticos.
  • La segunda ley facultaba al presidente para cerrar el Congreso y la Corte Suprema, suprimiendo la división de poderes al privilegiar al Ejecutivo. Además, creaba un Cuarto Poder, llamado Supremo Poder Conservador, en el que cinco miembros tenían plenos poderes sobre los demás.
  • La tercera ley establecía la conformación y las facultades del Congreso.
  • La cuarta ley establecía el mecanismo de elección presidencial: indirecto a través del Senado, la Corte y una junta de ministros.
  • La quinta ley regulaba el modo de elección de los miembros de la Suprema Corte de Justicia.
  • La sexta ley alteraba la división territorial, pasando México de ser una república federal, a ser una república de régimen centralista. Los estados desaparecían y pasaban a ser departamentos controlados desde el poder central, y con gobernadores designados por el presidente de la República.
  • La séptima ley era en esencia una prohibición de alterar o cuestionar el articulado anterior por un lapso de seis años a partir de su promulgación.

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