MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
El nombre legal de esta Institución es MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS, la cual fue creada por Ley No 97 de 21 de diciembre de 1998, promulgada en Gaceta Oficial 23,698 de 23 de diciembre de 1998. Ley Nº 97 (De 21 de diciembre de 1998) Por el cual se crea el Ministerio de Economía y Finanzas se dictan otras disposiciones LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DECRETA :
Artículo 1.
Se crea el Ministerio de Economía y Finanzas por la fusión de los Ministerios de Hacienda y Tesoro y Planificación y Política Económica, el cual tendrá a su cargo todo lo relacionado a la formulación de iniciativas en materia de política económica; la programación de las inversiones públicas y la estrategia social; el diseño y ejecución de las directrices generales y las tareas específicas del Gobierno sobre Hacienda y Tesorería Nacional; la elaboración, ejecución y control del presupuesto general del Estado; el Crédito Público y la modernización del Estado, así como la elaboración y ejecución de la Programación Financiera del Estado.
Artículo 2.
El Ministerio de Economía tendrá las siguientes funciones:
En materia de Economía, Inversiones Públicas y Desarrollo Social:
En materia de finanzas públicas:
ARTÍCULO 21: Para la ejecución de los programas de funcionamiento e inversión se aprueba el presupuesto de gastos del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS para la vigencia fiscal de 2021, cuya estructura y asignación de recurso es la que a continuación indica:
PROGRAMAS |
ASIGNACIÓN EN BALBOAS |
FUNCIONAMIENTO |
|
Dirección y Administración General |
64,429,416 |
Desarrollo Económico y Social |
120,436,453 |
Admón. Fiscal y Patrimonial |
284,042,255 |
Transferencias Varias |
232,567,215 |
TOTAL DEL PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO |
701,475,339 |
Inversión |
|
Fondo de Preinversión |
215,100 |
Fort Gest. Eco. Y Admón Finan. |
16,894,726 |
Transferencias de Capital |
63,061,088 |
Inversiones Financieras |
58,735,754 |
Proyectos Varios |
55,000,000 |
TOTAL DEL PRESUPUESTO DE INVERSIÓN |
193,906,668 |
TOTAL DEL PRESUPUESTO DE GASTOS |
895,328,007 |
El Ministerio de Economía y Finanzas es el órgano rector del Presupuesto Público, de esta manera, es la Dirección de Presupuesto de la Nación adscrita bajo la responsabilidad del Viceministro de Economía, la unidad administrativa responsable del ejercicio de las competencias correspondientes a dicho rol, entendiéndose como la más alta autoridad técnica normativa del Sistema de Gestión Presupuestaria.
Dentro de sus competencias en materia presupuestaria podemos mencionar las siguientes contenidas en el artículo 2 de la Ley 97 de 21 de diciembre de 1998, modificadas por la Ley 61 del 14 de octubre de 2010 a seguir:
Dirigir la administración presupuestaria del Sector Público, la cual comprende la formulación de directrices para orientar a las entidades públicas en la preparación y examen de sus anteproyectos de presupuesto, la preparación o formulación del anteproyecto de Presupuesto General del Estado, debidamente sustentado en los ingresos del Sector Públicos y la Ley de responsabilidad Social Fiscal, para que, previa revisión y validación del Ministerio de la Presidencia, mediante resolución administrativas, sea considerado y aprobado por el Consejo de Gabinete, así como la asignación periódica, registro, seguimiento y evaluación de la ejecución del Presupuesto General del Estado, su cierre y liquidación anual.
Presentar al Órgano Ejecutivo un plan de contención del gasto, cuando en cualquier época del año considere fundadamente que el total de los ingresos disponibles pueda ser inferior al total de los gastos autorizados en el Presupuesto General del Estado. Este plan será aprobado mediante resolución ejecutiva;
Presentar al Órgano Ejecutivo un plan de reducción del gasto, cuando en cualquier época del año los ingresos efectivamente recaudados sean inferiores a los presupuestados y no exista previsión para solventar tal condición. Este plan será sometido a la aprobación del Consejo de Gabinete y de la Comisión de presupuesto de la Asamblea Legislativa, para la correspondiente modificación del Presupuesto General del Estado;
Presentar, al Órgano Ejecutivo y a la Comisión de Presupuesto de la Asamblea Legislativa, un informe trimestral sobre la ejecución presupuestaria y un informe anual sobre la situación de las finanzas públicas.
Funciones
El Ministerio de Economía y Finanzas realizará el seguimiento y la evaluación de los programas, actividades y proyectos incluidos en el Presupuesto General del Estado para asegurar que su avance físico, presupuestario y financiero corresponda a lo previsto. En caso de determinarse atraso en los calendarios de ejecución preparados por las propias instituciones ejecutoras, el Ministerio de Economía y Finanzas podrá retener los pagos, con base en las asignaciones mensuales establecidas, hasta que se solucionen los problemas que obstaculizan la ejecución del Presupuesto.
El Ministerio de Economía y Finanzas dará seguimiento a la ejecución financiera y presupuestaria del Sector Público y, si en cualquier época del año considera fundadamente que el total de los ingresos disponibles pueda ser interior al total de los gastos autorizados en el Presupuesto General del Estado, junto con la Contraloría General de la República, presentará un plan de contención del gasto público al Consejo de Gabinete para su aprobación; no obstante, se comunicará a la Comisión de Presupuesto de la Asamblea Nacional para su conocimiento.
El Ministerio de Economía y Finanzas también podrá presentar al Órgano Ejecutivo un plan de reducción del gasto público, cuando en cualquier época del año los ingresos efectivamente recaudados sean inferiores a los presupuestados y no exista previsión para solventar tal condición. Este plan será sometido a la aprobación del Consejo de Gabinete y a la Comisión de Presupuesto de la Asamblea Nacional para la correspondiente modificación del Presupuesto General del Estado.
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