La Sala II del Tribunal Supremo ha condenado a un profesor de la Universidad de Granada a siete años de inhabilitación por delito de prevaricación por aceptar aprobar a una alumna en un examen al que no se presentó. El profesor, Fernando Peñafiel Martínez, le puso sobresaliente, lo que permitió a la joven aprobar por compensación otras asignaturas y obtener un mes después el título de Licenciada en Pedagogía.
Es la primera condena del Supremo a un docente por una prevaricación de este tipo. También se ratifican 7 años de inhabilitación por cooperar en la prevaricación a María del Carmen Cara Jiménez, quien era adjunta a la administradora de la Facultad de Ciencias de la Educación de la citada Universidad, y quien medió entre alumna y profesor.
En la sentencia el Supremo rechaza íntegramente el recurso del profesor contra la sentencia de la Audiencia de Granada que le condenó. Entre otros argumentos, el docente afirmaba que la nota de un examen no revestía el carácter de resolución de carácter decisorio dictada en asunto administrativo, por lo que no concurría el elemento objetivo del delito de prevaricación (dictar resolución injusta) por el que ha sido condenado.
El alto tribunal, sin embargo, contesta que la calificación en un examen, y su reflejo en el acta académica, sí constituye una resolución administrativa susceptible de determinar la comisión de un delito de prevaricación. “La decisión del personal administrativo, en general el profesor, que fija el nivel de adquisición de conocimientos, con destino al expediente del alumno, y que se refleja, al ser definitiva, en un acta, constituye pues de manera indudable un acto administrativo de resolución definitiva de un procedimiento de tal naturaleza”, indica la sentencia.
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