El Presidente de la República, Lenin Moreno, emitió el 26 de junio el Decreto para que
los privados de la libertad, con doble vulnerabilidad puedan dejar las cárceles del país
a causa del covid-19. De esta forma se puso en vigencia el denominado “indulto
presidencial conmutativo”, esto quiere decir que los privados de libertad que
pertenecen a los grupos de atención prioritaria, podrán dejar las cárceles y terminar de
pagar sus condenas en otras condiciones. Esta medida rige para cuatro grupos de
personas:
1.- Adultos mayores privados de la libertad y con sentencia ejecutoriada
2.- Mujeres que tengan sentencia ejecutoriada, que habiten con niños menores a 3
años.
3.- Personas con discapacidad con sentencia ejecutoriada.
4.- Quienes tengan sentencia ejecutoriada y padezcan de enfermedades catastróficas
y crónicas, que pudieran producir graves secuelas en su salud y eventual contagio de
covid-19.
¿Cuáles serán las condiciones en las que los favorecidos paguen sus penas?:
1.-Deberán comparecer personalmente ante un funcionario judicial dos veces al mes.
2.-Tienen prohibido salir de su domicilio fijado. Para ello el SNAI empleará medidas de
vigilancia.
3.-Tiene prohibido acercarse a la victima
4.-Tendrán la obligación de prestar servicio comunitario en las condiciones señaladas
por el Servicio de Rehabilitación (SNAI), está entidad regulará las condiciones.
¿A quiénes no beneficia este Decreto?, a las personas condenadas por los siguientes
delitos:
1.- Contra la integridad sexual y reproductiva
2.- Contra la eficiencia de la administración pública
3.- Contra la inviolabilidad de la vida, Delitos violentos
4.- Infracciones dolosas de mayor gravedad.
Con esta medida se han beneficiado hasta el momento 66 personas que se
encuentran en distintas cárceles del país y este Decreto es de ejecución inmediata.
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