Aplicación y respeto del DIH, un reto para Colombia
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Aplicación y respeto del DIH, un reto para Colombia

En el contexto colombiano, el DIH es ahora aplicable a algunos grupos armados diferentes a las guerrillas.

Juan Diego Aparicio Rey | 16 ago 2020

Aplicación del DIH en Colombia 

En Colombia, la utilización e implementación en terreno del Derecho Internacional Humanitario (DIH) ha constituido un desafío que ya no solo es aplicable a lo rural, pues la violencia poco a poco se ha ido desplazando también hacia las zonas pobladas. Y así como ha cambiado la forma de pensar el conflicto y otras situaciones de violencia, también lo ha hecho la forma en que combaten entre sí los actores armados.

En el 2016 en Colombia se llevo a cabo una mesa para discutir la aplicacion y el respeto del DIH en Colombia y establecer metas a futuro.

Dos de los principales elementos de discusión fueron el uso de la fuerza y la directiva n.° 015 del 2016 (expedida por el Ministerio de Defensa), la cual cambió la dinámica en la que las Fuerzas Armadas y policiales de Colombia combaten a los grupos delincuenciales, indicando los lineamientos para caracterizar y enfrentar a los grupos organizados, anteriormente denominados bandas criminales o 'Bacrim'. El Ministerio de Defensa clasifica estos grupos según la intensidad de sus ataques y nivel de organización, ya sea como Grupos Armados Organizados (GAO) o Grupos Delictivos Organizados (GDO). Según explicó el coronel Castillo, el Estado puede combatir a los GAO bajo el marco del Derecho Internacional Humanitario y las GDO, con base en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH).

¿Es el DIH un obstaculo para la aplicacion del DIH?

Daniel Cahen, coordinador jurídico del CICR en Colombia, afirmó que en entornos urbanos de países como Colombia hay otras situaciones de violencia, que a pesar de no constituir un conflicto armado y dada su complejidad, representan también un reto humanitario para la población afectada. A su vez, resaltó la necesidad de calificar los conflictos armados según el DIH, ya que no cualquier situación de orden público, aún armado, justifica un alto uso de la fuerza. 

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