Reglamento Aprendiz SENA
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Reglamento Aprendiz SENA

Conoce un poco de lo estipulado en el reglamento del aprendiz.

Carolina Bustamante y Melina Murillo | 6 abr 2021

1. Derechos

  • Recibir en el momento de la legalización su matrícula, el documento que lo acredite como Aprendiz del SENA.
  • Recibir formación profesional integral de excelente calidad, contando con la competencia humana y profesional de los formadores; su acompañamiento en el desarrollo de las etapas lectiva y productiva.
  • Disponer de acuerdo a la modalidad del programa de formación, en el Centro de Formación de los recursos físicos, didácticos, técnicos, tecnológicos y bibliográficos requeridos para su proceso de formación, utilizar las instalaciones y la dotación del centro de formación.
  • Recibir oportunamente los elementos de seguridad propios de su ocupación según programa de formación, para la protección de su integridad, en los ambientes de formación del SENA o de otras entidades y lugares donde se presente formación presencial. 
  • Disfrutar de los beneficios de bienestar al Aprendiz SENA, orientados a garantizar la formación integral, atendiendo la reglamentación que se expida por parte del SENA.

2. Deberes

  • Suscribir al momento de asentar la matrícula el acta de compromiso como Aprendiz SENA.
  • Conocer y cumplir con el código de integridad, el reglamento del aprendiz, los manuales, lineamientos, procedimientos y demás normas del SENA y sus dependencias.
  • Actuar siempre teniendo como base los principios, valores y procederes institucionales, interiorizando y expresando en sus actitudes y comportamientos los deberes del aprendiz SENA establecidos en este reglamento y asumidos en el momento de la matrícula.
  • Registrar en el sistema de gestión académico administrativo y/o otros aplicativos de la entidad, los datos básicos y de contacto, garantizando la veracidad de la información registrada.
  • Actualizar de oficio o a solicitud de parte, la información reportada en los aplicativos del SENA en los que se adelanten trámites para aprendices, de acuerdo con la normatividad vigente.

3. Prohibiciones

  • Plagiar materiales, trabajos y demás documentos generados en los grupos de trabajo o producto del trabajo en equipo institucional.
  • Realizar fraude en evaluaciones, en el proceso de aprendizaje o en concursos, juegos o competencias de cualquier carácter.
  • Aportar documentación o información que difiera con la real, para el ingreso a la entidad o para obtener cualquier beneficio de la misma.
  • Suplantar identidad durante el proceso de formación.
  • Alterar, falsificar o sustraer documentos oficiales, calificaciones, evaluaciones o firmas correspondientes al SENA o emitidos por ella.

4. Edad mínima para Ingreso

  • La edad minima para participar de los programas ofrecidos por la institución es de14 años.

5. Traslado – Condiciones

  • Es la solicitud formal que hace el aprendiz de formación titulada presencial, virtual y adistancia, para que se le autorice continuar su proceso de formación ya sea: En la misma redtecnológica o de conocimiento, en otro Centro de formación y/o en el mismo Centro de formación pero en diferente jornada. El Aprendiz puede solicitar máximo un (1) traslado durante su proceso de formación.

  • Condiciones 
  1. La ficha en la cual está matriculado el Aprendiz y la ficha para la cual necesita trasladarse, corresponda a la misma modalidad de formación, al mismo programa o de la misma red tecnológica (cuando es traslado de red tecnológica o de conocimiento), al tipo de oferta (de abierta a abierta, o de especial a especial) y en la misma fase de ejecución del programa.
  2. El Aprendiz haya realizado como mínimo el primer trimestre de su formación.
  3. Tenga los juicios evaluativos correspondientes aprobados y registrados en el Sistema de Gestión Académica.
  4. No tenga sanciones académicas ni disciplinarias vigentes.
  5. Haya disponibilidad de cupo en el programa de formación a trasladarse.
  6. Esté a paz y salvo con el Centro de Formación origen.
  7. Exista una ficha de la misma modalidad, en la que pueda incorporarse y en la misma fase en la que se encuentra adelantando su formación o en una fase menor a la de su formación en el Centro origen. 

6. Aplazamiento – Tiempos – Condiciones

  • Es la solicitud formal que hace el aprendiz de formación titulada presencial, virtual y a distancia, para que se le autorice el aplazamiento temporal del programa de formación titulada en el cual se encuentra matriculado.El aplazamiento no aplica para los programas de formación cuya duración sea menor o igual a cuatro (4) meses. 

  • Condiciones
  1. Incapacidad médica superior a veinte (20) días expedida por la EPS correspondiente o por medicina ancestral para comunidades especiales.
  2. Licencia de maternidad expedida por la EPS correspondiente o por medicina ancestral para comunidades especiales.
  3. Servicio militar.
  4. Documentos que evidencien problemas de seguridad.
  5. Certificados laborales que justifiquen la solicitud.
  6. Calamidad doméstica.
  7. Cambio de domicilio.
  8. Asuntos judiciales.
  9. Participación en representación del SENA o del país a nivel nacional e internacional, en actividades académicas, culturales y/o eventos deportivos.
  10. Motivos de fuerza mayor o caso fortuito.

Se aceptan solicitudes de aplazamiento transcurridos los primeros treinta (30) días calendario de
iniciada la formación.

7. Reingreso – Condiciones

  • Es la solicitud formal que hace el aprendiz de formación titulada, para que se autorice su reingreso al proceso de formación en el programa. Dicha solicitud debe radicarse de conformidad con lo establecido en este reglamento, anexando imagen que evidencie el registro de la solicitud en el sistema de gestión académica.

  • Condiciones
    • Si es posible el reingreso: recomendará a la Subdirección de Centro que lo autorice y ésta enviará respuesta al Aprendiz mediante comunicación radicada, especificando el nombre del programa de formación, el número de ficha y la fecha en la cual el Aprendiz debe reingresar al proceso formativo.
    • Si no es posible el reingreso: recomendará a la Subdirección de Centro para que mediante comunicación radicada le informe al Aprendiz que la solicitud de reingreso no fue autorizada.
      • Opción 1: esta opción le permite presentarse de inmediato a cualquier programa de formación titulada, siguiendo el proceso establecido por el SENA y una vez lo logre, puede solicitar reconocimiento de aprendizajes previos.
      • Opción 2: Mantener la condición de aplazado hasta por un (1) año contado a partir de la fecha en la cual debía reingresar según el acto administrativo; durante este tiempo el aprendiz debe solicitar nuevamente el reingreso y la entidad hará lo posible por ofrecerle el programa de formación que cumpla con los requisitos de reingreso


8. Retiro Voluntario – Sanciones

  • Es la solicitud formal que hace el aprendiz de formación titulada presencial, virtual y a distancia, formación complementaria, o en formación en programas de articulación con la media o ampliación de cobertura, para que se le autorice el retiro definitivo del programa de formación.

  • Sanciones
    • En los procesos de ingreso al SENA, en programas de formación titulada dentro de los tres (3) meses siguientes, contados a partir del registro de la novedad en el Sistema de Gestión Académica. A un aprendiz se le permitirán hasta dos (2) retiros voluntarios. Para el tercer retiro voluntario y subsiguiente de un programa de formación la sanción impuesta será de seis (6) meses calendario, independiente de la causa.

9. Tipos de formación

  1. CAP (certificados de aptitud profesional)
  2. Tecnicos 
  3. Tecnologias 

10. Etapas de la formación titulada

  • Los programas de formación del SENA se encuentran estructuran bajo dos etapas: la lectiva que corresponde al proceso formativo (teórico - práctico) adelantado preferentemente en el Centro de Formación Profesional, y la etapa productiva (nivel auxiliar y operario tres meses, técnico y tecnólogo seis meses) que corresponde al proceso formativo que se da en situaciones reales de trabajo, donde el aprendiz aplica los conocimientos, habilidades y destrezas desarrolladas en la etapa lectiva, para desarrollarse en los tiempos previstos de conformidad con la Resolución No. 1444 de 2018

11. Sanciones 

  • Son las medidas adoptadas por el Sena ante una falta académica o disciplinaria; tienen cobertura nacional en la Institución y deben registrarse en el sistema de gestión de la formación. La sanción que se imponga al Aprendiz debe ser proporcional a la gravedad de la falta. Estas sanciones deben ser registradas en el sistema de gestión de la formación y en caso de que el Aprendiz tenga contrato de aprendizaje, debe adicionalmente registrarse en el Sistema de Gestión Virtual de Aprendices. Las sanciones que pueden imponerse por faltas académicas o disciplinarias son:
  1. Llamado de atención escrito. Medida sancionatoria que se impone a través de comunicación escrita dirigida por la Subdirección del Centro de Formación con copia a la hoja de vida del aprendiz, como resultado del procedimiento establecido en este Reglamento, por la falta académica o disciplinaria cometida por un Aprendiz.
  2. Condicionamiento de Matrícula: Acto académico sancionatorio que se impone al Aprendiz que incurra en una falta académica o disciplinaria, previo agotamiento del procedimiento establecido en este Reglamento.

12. Faltas académicas y disciplinarias

  • Faltas académicas: Están relacionadas directamente con las actuaciones u omisiones del aprendiz con relación al cumplimiento de los deberes de índole académico. Al presentarse la falta, se aplican medidas formativas o sancionatorias.
  • Faltas disciplinarias. Están relacionadas directamente con factores comportamentales del Aprendiz. Se configura la falta disciplinaria cuando el Aprendiz incurre con su actuación u omisión en una de las prohibiciones, incumple un deber o se extralimita en el ejercicio de sus derechos de carácter comportamental.

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