Desde mi punto de vista, aunqué la eutanasia este condicionada con la aprobación del consentimiento echo por el paciente , expresado a traves de un documento escrito previamente a su muerte. Es importante que se amplien cambios en su regulación, dado el caso en el que el deterioro de la salud del paciente a causa de una emfermedad termial o irreversible .Y que de esta manera pueda la familia del paciente participar en las juntas médicas o comités para tomar la decisión de que la eutanasia se realize si es preciso.
cabe recordar el pronunciamiento de la corte constitucional al realizar y estudiar el caso de una de una mujer que enrepresentación de su hija de 23 años , solicito a la EPS Famisanar y a la fundacion Cardioinfantil la protección a su derecho a la muerte digna, teniendo en cuenta que llevaba ocho años en estado "vegetativo permanente " y aún asi no recibió una respuesta oportuna falleciendo ella en el transcurso de la tutela.
" Este actuar negligente en este caso, muesta las fallas aún en la puesta en marcha de la resolución 1216 del 2015 encaminada a proteger el derecho a una muerte digna".
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