Testigo: Díaz Rúa y Andrés Bautista hicieron declaraciones juradas fuera de plazo y sin ningún sustento
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Testigo: Díaz Rúa y Andrés Bautista hicieron declaraciones juradas fuera de plazo y sin ningún sustento

Los imputados en el caso Odebrecht, Víctor Díaz Rúa y Andrés Bautista hicieron sus declaraciones juradas de patrimonio fuera del plazo establecido por la Ley 311-14, sin ningún sustento que justifiquen las cifras declaradas y ni tampoco las propiedades.

CANCA DIGITAL | 25 feb 2021


Los imputados en el caso Odebrecht, Víctor Díaz Rúa y Andrés Bautista hicieron sus declaraciones juradas de patrimonio fuera del plazo establecido por la Ley 311-14, sin ningún sustento que justifiquen las cifras declaradas y ni tampoco las propiedades.

Así lo declaró el testigo número 14 de la acusación, Julián Rojas por ante los jueces del Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, Gisell Méndez, Tania Yunes y Jisell Naranjo, durante interrogatorio practicado por el fiscal Ángel Darío Tejeda Fabal, de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca).

El testigo número 14 de la acusación del Ministerio Público declaró que Díaz Rúa presentó declaración jurada en el 2004, cuando fue nombrado director del Instituto Nacional de Agua Potable (INAPA), donde presentó un patrimonio de 63 millones de pesos.

Sostuvo que, posteriormente en el 2006, presentó su declaración jurada de actualización y en el 2008 presentó su declaración jurada cuando fue nombrado secretario de Estado de Obras Pública y Comunicaciones, pero que, sin embargo, no declaró la de salida.

Expresó que la declaración jurada que elaboró de Díaz Rúa se la entregó el Pepca, las cuales habían sido solicitadas a las Cámara de Cuentas de la República Dominicana, mediante oficio.

Señaló que las declaraciones juradas tanto de Inapa, como la de Obras Públicas fueron presentadas por separadas mediante acto notarial y presentada fuera del plazo establecido por la ley, que establece que todo funcionario público debe presentar su declaración jurada a más tardar 30 días después de haber sido nombrado en el cargo y a la salida del mismo.

Además, el perito contable declaró a los jueces que la misma carecía de la sustentación documental que permitiera probar la realidad las cifras y propiedades contenidas en las declaraciones juradas de patrimonio.

“Las declaraciones juradas carecían de sustentación, porque no tenían los documentos que probaran que esas cifras y esas propiedades, no pudieran ser verificada”, acotó el perito contable.

La audiencia del caso continúa el lunes primero de marzo. 

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