Según lo definido en el artículo 512-15 de la ley 1819 de 2016 se dan a conocer las tarifas del impuesto hasta 2020, en donde indica que para este año el impuesto será de $50, este impuesto aplica tanto a personas jurídicas como personas naturales, por lo cual se debe cobrar en cualquier establecimiento ya sea grande o una farmacia pequeña, además se indica que dependiendo del impacto al medio ambiente causado por el tipo de bolsa este impuesto será del 0%, 25%, 50% o 75% del valor total del impuesto, teniendo en cuenta el nivel de impacto al medio ambiente y a la salud pública que define el ministerio de ambiente y desarrollo sostenible. Mientras que en el artículo 512-16 se indican las bolsas que no están sujetas al impuesto como pueden ser las de productos pre-empacados, las biodegradables y reutilizables conforme a la reglamentación del gobierno nacional.
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