DECRETO 1333 DE 2018 INAACAPACIDADES
SE sustituye el titulo 3 de la parte 2 del libro 2 del decreto 780
se reglamenta incapacidades y se dictan otars disposciones:reglamenta las revisones periodicas de las incapacidaes por enfermedad general de origen comun,por parte de las entidades prestadoras de salud EPS e instituciones prestadoras del servicio de salud IPS,demas entidades obligadas a compensar EOC,aportantes cotizantes,los pensionados que realizan aportes adicionales a su mesada pensional,y a la administradora de recursos del sistema general de seguridad social en salud ADRES.
Tambien se califica la situacion de abuso del derecho que genere la suspension del pago de estas incapacidades aunque las EPS dan un concepto favorable.
demas
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