LEY 1819 2016 IMPUESTO NACIONAL AL CONSUMO DE BOLSAS PLASTICAS
ARTICULO 512-15
Desde 1 de julio 2017 se empleara el impuesto nacional al consumo, la entrega de bolsas plasticas expedida por los establecimientos comerciales para ello se se crearon unas tarifas que anualmente se estan modificando.
la persona que reciba las bolsas plasticas en el establecimiento se le cobrara la tarifa correspondiente en el momento que se entregue la bolsa el impuesto se vera reflejado en la factura de compra o en el documento equivalente ahi debera constar el numero de bolsas y el impuesto causado.
articulo 512-16
las bolsas que no estan sujetas al impuesto son las certificadas por el ministerio del medio ambiente BIODEGRADABLES y las bolsas reutilizables que posean caratristicas especiales y tecnicas que permiten ser usadas varias veces sin que requieran procesos de transformacion
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