SISTEMA POLÍTICO Y ELECTORAL
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SISTEMA POLÍTICO Y ELECTORAL

20 sep 2021

DIVISIÓN POLÍTICO ADMINISTRATIVA

Es una República unitaria y adopta para su gobierno la forma democrática representativa. El país está estructurado política y administrativamente en 9 departamentos, 112 provincias, 327 municipios y 1384 cantones. Existen 11 municipios autónomos indígenas originarios campesinos.

PARLAMENTO NACIONAL

La Asamblea Legislativa Plurinacional es bicameral. La Cámara de diputados está formada por 130 miembros directamente elegidos por 5 años. La Cámara de Senadores está formada por 36 miembros directamente elegidos por 5 años.

GOBIERNO MUNICIPAL

El Gobierno Municipal está a cargo de un Consejo y un Alcalde. Los Concejales son elegidos en votación universal, directa y secreta. Son candidatos a Alcalde quienes estén inscritos en primer lugar en las líneas de concejales de los partidos. El Alcalde será elegido por mayoría absoluta de votos válidos. (Ley Nº 1984,Código Electoral. Cap.II, Gobierno Municipal. Art.94 Ejercicio Gobierno Municipal. Arts. 4 Constitución Política del Estado de Bolivia Art. 94, inciso 3, 4 y 5)

DURACIÓN DE MANDATOS

 Asamblea Legislativa. Cámara de diputados: 5 años. Senado: 5 años.

SISTEMA DE REPRESENTACIÓN

Por mayoría absoluta para Alcaldes. Si ninguno de los candidatos a Alcalde obtiene mayoría absoluta, El Concejo tomará a los dos que hubieran logrado el mayor número de sufragios válidos y de entre ellos hará la elección, por mayoría absoluta de votos de los Concejales electos. En el caso del Concejo será proporcional. Asamblea Legislativa. Cámara de diputados: Sistema mixto: Voto de la mayoría simple para 68 asientos. De listas en representación proporcional con un doble sistema de cociente. 68 diputados son elegidos en circunscripciones uninominales por mayoría simple y el resto en circunscripciones plurinominales por un sistema de representacion proporcional de lista cerrada .Senado: Sistema mayoritario y proporcional. 4 Senadores elegidos por lista cerrada en cada una de las 9 circuncripciones departamentales de Bolivia. La asignación de escaños se hace a través de sistema proporcional. El voto es obligatorio.

TIPO DE LISTAS

Lista Cerrada. 

CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL

Plurinominal. Los munícipes serán elegidos en cada municipio de la misma manera que los diputados. Ley Reglamentaria de Elecciones. Cap.5. Asamblea Legislativa. Cámara de diputados: Mixto. circunscipciones uninominales y plurinominales. Senado: 9 distritos electorales plurinominales (4 plazas cada uno) correspondientes a los departamentos del país.

LEY DE CUOTAS Y PARIDAD

Modificaciones ley electoral 1997 y 2005. Obligatoriedad de incluir un mínimo de 30% de mujeres en todos los niveles de dirección partidaria y en las candidaturas para cargos de representación ciudadana. (Cap IV, art 19,Num IV) Se aplica en el parlamento, dirección partidaria, cargos de representación ciudadana y concejales municipales. (Es ley 1779 artículo 19, inciso 4, que dispone: "?los partidos establecerán una cuota no menor del treinta por ciento para las mujeres en todos los niveles de decisión partidaria y en las candidaturas para cargos de representación ciudadana").

INSTRUMENTOS JURÍDICOS QUE NORMAN EL MUNICIPIO

Régimen Municipal: Está inscrito en el Título sexto. Régimen Municipal, Art. 200 que establece los Gobiernos Municipales y la Autonomía Municipal. El Art. 201 menciona la organización y atribuciones del Gobierno Municipal. Ley 2028 (Ley de Municipalidades).

JUSTICIA ELECTORAL

La Corte Nacional Electoral es responsable de desarrollar las elecciones en los niveles nacional, regional y local. (Codigo Electoral Art.35) El Código Electoral establece y garantiza la autonomía, independencia e imparcialidad del Organismo Electoral y autoridades electorales. La jurisdicción electoral es la potestad del Estado para administrar los procesos electorales en todo el territorio de la República, desde su convocatoria hasta su conclusión, y para resolver sobre los deberes, derechos y prerrogativas reconocidas por la Constitución Política del Estado y las leyes al electorado, a los partidos políticos, agrupaciones ciudadanas y pueblos indígenas, en particular a sus candidatos. Para efectos de las elecciones municipales se divide el territorio de la República en tantas circunscripciones municipales como secciones de provincia existan. (Código Electoral. Capítulo Segundo, Gobierno Municipal. Art.93 Circunscripciones municipales y voto a)

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