Para mí, la eutanasia debería ser considerara un derecho natural, como el derecho a alimentarse, a respirar, amar y caminar libremente por la Tierra. Sin embargo, la humanidad ha tenido que dar una dura batalla para poder ejercer esta decisión libre de vivir o morir cuando se nos da la real gana, debido a sesgos morales y especialmente religiosos.
¡Y qué decir, cuando la eutanasia ha sido ‘legalizada’, cuando nadie puede alegar que está cometiendo delito si la practica en forma pasiva o activa! Nada ni nadie debería interponerse ante nuestra decisión. ¿ Entonces qué pasa en Colombia? Desde 1997, la Corte Constitucional despenalizó el homicidio por piedad y pidió su reglamentación, pero la polarización de opiniones no lo había permitido. Solo el 20 de abril del 2015, el Ministerio de Salud, en una decisión inteligente, sensata y democrática, la reglamentó y el Congreso dio vía libre a su aplicación. Creímos entonces que con esto Colombia ya se había quitado de encima otro debate absurdo.
Resulta entonces increíble la noticia divulgada por El Tiempo en su edición de este domingo, 28 de junio del 2015: al papá del caricaturista Julio César González, ‘Matador’, le negaron la práctica de la eutanasia en la Clínica de Oncólogos de Occidente, de Pereira; procedimiento que había solicitado al amparo de la citada resolución. Es decir, se le violó un derecho constitucional y se lo sometió a continuar con los dolores y sufrimientos derivados de un cáncer.
Este es un hecho que da cuenta de las aberraciones de una sociedad de mentes cortas. ¿Es entonces mejor que don Ovidio González, a sus 79 años, se tire por un balcón de la Clínica y muera así, de manera espantosa, huyendo de sus dolores, todo porque algunos creen tener más derecho que él sobre su vida? Porque, sin duda, esto equivale a obligarlo a un suicidio, como se han tenido que suicidar muchas adolescentes violadas al verse en embarazo y sometidas a llevar en su vientre un hijo que no desean, pese a que están legalmente autorizadas para un aborto.
El asunto no tiene vuelta de hoja: un paciente con pronóstico fatal, es decir, con una patología grave, progresiva e irreversible y con riesgo inminente de muerte tiene todo el derecho a pedir una muerte digna al médico tratante. Eso significa que nadie tiene el derecho a seguirlo sometiendo a prácticas de ninguna índole para prolongarle la vida y, por el contrario, existe la obligación de acatar su deseo de dejarlo morir tranquilo o de acelerarle la muerte en la fecha que él quiera, o dentro de los 15 días calendario siguientes a su petición
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