CAPITULO 5 MODELO DE ATENCION INTEGRAL EN SALUD PARA VICTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL
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CAPITULO 5 MODELO DE ATENCION INTEGRAL EN SALUD PARA VICTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL

ENFERMERIA UNIVERSIDAD SURCOLOMBIANA | 5 nov 2019


CAPITULO 5: ATENCION INTEGRAL DE LA VIOLENCIA SEXUAL EN EL SECTOR SALUD

 

La respuesta integral al problema de la violencia sexual significa ir más allá de la recuperación física de las heridas o lesiones. Significa crear los medios que garanticen la seguridad física, emocional, sexual, social, legal de las víctimas y apoyen los esfuerzos de éstas por retomar el control de sus vidas y avanzar en los procesos de curación, justicia y reparación. En el caso de la violencia sexual el abordaje integral compromete una mirada interdisciplinaria desde la salud, las ciencias sociales, la atención jurídica y psicológica que dé cuenta de las diferentes necesidades (bio-psico-sociales) de las víctimas y la sanción de los agresores.

 

La atención en salud incluye los siguientes objetivos:

a) Dar apoyo emocional

b) Tratar las condiciones generales de salud relacionadas con la violencia sexual (emergencias médicas/psicológicas– trauma, intoxicaciones, cuidado general de la salud, etc.), así como los cuidados médicos más específicos como anticoncepción de emergencia, profilaxis de ITS y VIH, hepatitis B, IVE, etc.

c) Toma de evidencias forenses cuando aplique

d) Realizar las medidas de protección de las víctimas

e) Tratamiento y rehabilitación de su salud mental

f) Orientación a la familia

g) Realizar la denuncia/reporte de la violencia sexual

h) Activar las distintas redes de apoyo institucional, comunitario y familiar que permitan su atención integral.

 

El sector salud no debe ahorrar esfuerzos para garantizar que las víctimas de violencia sexual NO sean nuevamente vulneradas durante el proceso de atención. En este sentido, una persona sobreviviente de violencia sexual, puede pasar por tres procesos de victimización:

1. Victimización primaria: las consecuencias que sufre la persona sobreviviente como producto directo de la violencia sexual.

2. Victimización secundaria o revictimización167: sufrimientos que a los y las sobrevivientes de violencia sexual, a los testigos y a la familia les infieren las instituciones encargadas de los procesos de atención integral: salud (médicos, pediatras, ginecólogos, enfermeros-as, psicólogos-as, trabajadores sociales, personal administrativo entre otros), justicia (policías, jueces, peritos, criminólogos, funcionarios de instituciones penitenciarias, entre otros), y otros sectores implicados al no tener claros procesos y procedimientos para la restitución de derechos.

3. Victimización terciaria: producto de la estigmatización que la sociedad realiza sobre el o la sobreviviente de violencia sexual luego del evento.

La atención inicial de urgencias debe ser prestada en forma obligatoria por todas las entidades públicas y privadas que presten servicios de salud, a todas las personas independientemente de su capacidad de pago. Su prestación no requiere contrato, orden previa ni exigencia de pago previo o la suscripción de cualquier titulo valor que garantice el pago. (Decreto 126 de 2010: ARTICULO QUINTO. Atención INICIAL DE URGENCIAS. Que modifica el parágrafo del artículo 20 de la ley 1122 de 2007)

 

 

 

 

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RECOMENDACIONES PARA EFECTUAR EL EXÁMEN FÍSICO DE NNA VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL

*Nunca se debe trabajar solo, es fundamental el trabajo en equipo

*No se debe confrontar ni enfrentar a los padres o posibles agresores

*Recordar que los hermanos y hermanas del niño también pueden estar siendo abusados

 

Criterios para la realización del examen del área urogenital y anal de emergencia en abuso sexual en niños y niñas

*Quejas de dolor

*Evidencia o quejas de sangrado y/o daño

*Un supuesto asalto ocurrido dentro de las 72 horas anteriores y en donde haya habido transferencia de material biológico

*Necesidad de intervención médica de emergencia para asegurar la salud del niño

Remisión y articulación interinstitucional:

Si la mujer no puede ser atendida en la institución de la primera consulta debido a la necesidad de un nivel superior de atención dadas las condiciones médicas o la edad gestacional de la mujer y va a ser remitida a otra institución del sector salud, se debe verificar su afiliación al SGSS para determinar qué institución de salud de la ciudad o municipio es la encargada de atenderla.

Es importante tener una lista de las entidades de salud y las personas de contacto (con sus datos) que atienden a la población de acuerdo a su sistema de afiliación (régimen contributivo, subsidiado, población pobre no asegurada).

*Se debe entregar copia de la siguiente documentación para que pueda llevarla al sitio donde será atendida. Esto facilitará su atención en el sitio al que será remitida.

*Hoja con Relación de toda la documentación

*Carta de médico/a que la atendió resumiendo el caso y estableciendo que la mujer se acoge a la Sentencia C-355 de 2006 y solicita una IVE por causal violación. (Debe ir dirigida a la persona de enlace o director médico de la entidad a la que se envía.)

*Resumen de historia clínica

*Fotocopia de la denuncia

*Fotocopia de los exámenes realizados (en caso de tenerlos)

*Fotocopia del documento de identidad (si lo tiene)

*Fotocopia del carnet de EPS o EPS-S (si lo tiene)

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