Eran las 8:37 de la mañana del 4 de mayo de 2017. En la ciudad de Popayán, Luisa Toro y Pablo Jaramillo, delegados por la Corte Constitucional para hacer la visita, llegaron a una casa del barrio Guayabal. “Nuestro interés es saber de la condición de salud del señor Reinaldo Anacona Gómez y conocer cuál es la situación frente a la acción de tutela que él presentó hace dos años”, dijeron a la familia que residía en el lugar. Su intención principal: tener una conversación con el señor Anacona.
En el 2015 y con 91 años de edad, don Reinaldo había radicado una tutela alegando que el Hospital Universitario San José de Popayán y la Nueva EPS estaban vulnerando su derecho a morir dignamente, pues negaron su solicitud de práctica de eutanasia.
“Lo que pretendo con esta acción de tutela es que se acceda a aplicarme la eutanasia porque aunque me encuentre bien de la mente estoy solo, no puedo caminar bien, estoy próximo a quedar en silla de ruedas, no puedo hacer nada y no hay quién vele por mí”, señala la tutela presentada.
El juez que la recibió negó el amparo que el señor Anacona solicitaba, ya que su situación no se ajustaba a los requisitos fijados por la Corte Constitucional ni a los parámetros del Ministerio de Salud (ser enfermo terminal, sufrir graves padecimientos, contar con la capacidad intelectual suficiente para tomar la decisión, que haya consentimiento libre e informado) para ejecutar este procedimiento. Dos años después, y como toda tutela, el proceso llegó en revisión hasta las salas de la Corte Constitucional.
Desde mi punto de vista, la eutanasia de le debe practicar a pacientes en etapas terminales de la enfermedad, en este caso el señor se salvó de morir por la decisión de la corte, lo que el anciano necesitaba era falta de afecto para sentirse bien, no debemos descuidar a nuestros familiares y aún más si son ancianos, es de suma importancia hacerles sentir queridos.
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