Solo hasta el 20 de abril de 2015, se reglamentó finalmente en el país la eutanasia o el derecho a morir dignamente, luego de que la Corte Constitucional a través de la sentencia T-970 de 2014, le ordenara al Ministerio de Salud hacerse cargo del tema. Este debate había sido considerado por la Corte desde 1997, por el entonces magistrado Carlos Gaviria.
En el documento se establece que la eutanasia es un derecho fundamental que tiene todo ser humano a morir dignamente en caso de que este padeciendo una enfermedad grave, degenerativa e irreversible que termine con la vida de la persona y solo se autorizara por petición expresa del paciente estando en pleno uso de sus facultades. También expresa que la eutanasia podrá ser practicada a pacientes en estado terminal, que hayan pasado por un comité médico que así lo determine. Dicho comité deberá ayudar a la familia psicológica médica y socialmente para que la decisión no influya negativamente en sus vidas, ni en la situación del paciente. Además está en el deber de vigilar y garantizar que todo el procedimiento se desarrolle respetando los términos de esta sentencia y la imparcialidad de quienes intervienen en el proceso en caso de que se encuentre una irregularidad el proceso deberá ser suspendido y dar parte a las autoridades competentes. Ese mismo año Minsalud publicó un documento de 120 páginas en el cual se establecen todos los protocolos para realizar este procedimiento.
Desde mi punto vista se le dio muy poca relevancia a estos debates, pasaron 17 años para que se reglamentara el morir dignamente como derecho fundamental. “La vida es un derecho fundamental “como lo dice la constitución de 1991, por lo tanto como es un derecho y no un deber es tan legítimo ejercerlo como renunciar a él. Si se está en un estado terminal donde el tratamiento es más tortuoso para sí mismo y sería más indigno una prolongación a la vida llena de sufrimiento. Por otro lado los especialistas de los comités para hacer efectivo el derecho a morir dignamente deberán estar muy bien capacitados para asumir su responsabilidad y no prolongar el sufrimiento del paciente que lo solicita como sucedio con Ovidio González Correa que Con todo previsto, 15 minutos antes de la hora acordada para el adiós, la clínica detuvo el procedimiento.(fuente:https://elpais.com/internacional/2015/07/03/actualidad/1435890823_266874.html)
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