El subempleo: ¿consecuencia de una crisis económica?
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El subempleo: ¿consecuencia de una crisis económica?

Daisy Johanna Sanchez Vargas yuleisy.alexa10@yahoo.com

23 may 2017

Tras la recesión en el Ecuador, el subempleo se ha incrementado, haciendo que los comerciantes utilicen las calles para realizar cualquier tipo de actividad que genere algún ingreso en sus respectivos hogares. El número de personas desempleadas aumentó, según los Indicadores de Empleo del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC), se pasó de 36 414 en marzo del 2015 a 74 193 en marzo del 2016, es decir, que en un año se duplicó la cantidad de personas subempleadas sólo en la ciudad de Quito.

 

Como primera hipótesis para el analista según los indicadores, la principal causa para el incremento del subempleo, es la crisis económica que se vive a nivel mundial.

 

Existe una problemática, no todos los comerciantes  poseen los respectivos permisos para laborar. El Distrito Metropolitano de Quito exige que los comerciantes informales posean una patente, y en el caso de venta de alimentos, un permiso de manipulación de los mismos, para su libre circulación. En el diario ‘El Comercio’ expresa que, según la Ordenanza 201 del Municipio de Quito,las personas que expendan productos sin contar con permisos podrían ser sancionadas con USD 100 o con el retiro de la mercadería la cual regula el uso del espacio público.

 

La segunda hipótesis para el analista, es que el comerciante no puede circular si no adquiere los permisos asignados por el Municipio de Quito.

 

Existen comerciantes que logran salir de este tipo de economía informal, realizando préstamos para convertirse en micro empresarios, ofreciendo sus productos en un lugar fijo de venta al público, pagando impuestos y a la vez generando disputas con los nuevos subempleados que llegan al sistema.

 

Es así como explica Gabriela Salgado, ex vendedora informal, “hay muchas personas que tienen una especie de envidia, porque se lleva nueva mercadería a la venta,  en su sector”.

Es decir, aumenta el subempleo y las disputas por los “territorios” con los demás comerciantes para trabajar.

 

Sin embargo, existen ciudadanos que están sin trabajo y deben buscar diferentes medios para poder subsistir, pero la piedra en el camino de los  comerciantes, es la restricción emitida por el municipio, haciendo que muchos de los mismos incumplan con la ordenanza Metropolitana N° 280  citada por el Municipio de Quito, donde regula las actividades de comercio y la prestación de servicios de las trabajadoras y trabajadores autónomos. Según el  Art. 1 “tiene por objeto regular las actividades comerciales y de servicios en el espacio público del Distrito Metropolitano de Quito, así como fomentar el desarrollo integral de las trabajadoras y trabajadores autónomos”. Es decir la autoridad municipal está en su derecho de regular y controlar toda venta ambulante que  impida el desarrollo colectivo de la Ciudad de Quito

 

Una observación importante y legítima que genera inconformidad en muchos ciudadanos, es el derecho al trabajo.

 

El trabajo es un derecho y un deber social, y un derecho económico, fuente de realización personal y base de la economía. El Estado garantizará a las personas trabajadoras el pleno respeto a su dignidad, una vida decorosa, remuneraciones y retribuciones justas y el desempeño de un trabajo saludable y libremente escogido o aceptado. (Constitución del Ecuador Art. 33, 2008, p. 1)

 

Es decir, no se está respetando lo que dice la propia constitución ecuatoriana, cada ciudadano necesitan ganarse la vida trabajando, ya sea  de manera informal o formal, pero a los comerciantes no se les brinda los servicios otorgados por el Código de Trabajo, según el Art. 5.- Protección judicial y administrativa. ­ “Los funcionarios judiciales y administrativos están obligados a prestar a los trabajadores oportuna y debida protección para la garantía y eficiencia de sus derechos por, como en las diferentes empresas.”  Es decir por el simple hecho de ser trabajadores autónomos no se acogen a las normas reglamentarias  como los establece el código de trabajo.

 

El subempleo es considerado como un trabajo autónomo  cuya ganancia apenas sirve para el diario vivir de las personas que lo realizan.

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