Uso de las letras mayúsculas
Con carácter general, la tendencia es restringir al máximo el uso de las mayúsculas.
Se escriben con mayúscula inicial todos los elementos significativos del título de los textos o documentos de carácter legal o jurídico (leyes, decretos, órdenes, códigos, fueros…): Código Civil; Acta Única Europea; Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras Normas Tributarias; Real Decreto 125/1988; Ley para la Ordenación General del Sistema Educativo, etcétera. No obstante:
Cuando la descripción de la ley que constituye el título de esta es demasiado extensa, el uso de la mayúscula se limita al primerelemento: Ley 17/2005, de 19 de julio, por la que se regula el permiso y la licencia de conducción por puntos y se modifica el texto articulado de la ley sobre tráfico…
Ortografía de la lengua española 2010, p. 491
Por otra parte, en las Directrices de técnica normativa (Resolución de 28 de julio de 2005) se propone (Apéndices, a).3.º) que los títulos de las distintas disposiciones se escriban en minúscula, con las siguientes excepciones:
1.ª Breveextensión del título.
Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas.
2.ª Regulacióncompleta de la materia.
Ley 14/1986, de 25 de abril, GeneraldeSanidad.
3.ª Regulación de órganos constitucionales y grandes referentes legislativos del ordenamiento.
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del PoderJudicial;
Ley Orgánica 5/1985, de 19 de julio, de RégimenElectoralGeneral;
Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organizacióny Funcionamientode laAdministraciónGeneral del Estado.
4.ª La partecitada de una norma se escribirá en minúscula: artículo, apartado, párrafo, disposición final primera, capítulo, sección, título, libro.
(Badía, 2012)
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