Al parecer y de manera deliberada, políticamente hablando, en esta coyuntura del debate sobre el Código Penal se dejó de lado la reflexión tanto histórica como académica sobre esta norma fundamental. Fueron más fuertes las asonadas sociales de las redes en tanto confusión y distorsión que la argumentación necesaria para comprender lo que significa esta norma penal para la vida y la convivencia de los bolivianos. Los ideólogos opositores acudieron a la misma estrategia del pasado cuando nos aprestábamos a deliberar la norma Constitucional aprobada el 2009, garantista como fundamento y aporte al constitucionalismo mundial; pero que sin embargo en una lectura política opositora, era “el preámbulo de la autocracia, de la eternización del gobierno de los indios y de la base del comunismo”. Finalmente, en ese momento histórico fue la movilización popular la que permitió seguir el avance no sin antes el que diputados opositores realicen sus aportes a la norma constitucional.
Ahora bien, en Bolivia no inventamos los Códigos Penales, son más bien una invención de la reforma liberal en Europa, que buscaba a través de la norma poner límites a la autocracia de los reyes, a la autoridad centralizada y en definitiva generar derechos para las víctimas o los que se consideran más vulnerables social y jurídicamente. Por tanto, la intención inicial no era totalmente punitiva sino garantista de los derechos, y donde la acción penal sobre la ciudadanía fuera solamente la última posibilidad que tenía el Estado para actuar sobre infracciones que violentaban la convivencia social, mientras se actúa sobre la prevención y sobre la reparación alternativa de daños en temas más leves.
Sin embargo, las políticas de los Estados han ido adecuando el espíritu de la norma a sus intereses hegemónicos y por tanto transformando su contenido garantista a uno cada vez más represivo y punitivo que usa la norma penal como regla para la persecución de todos los delitos, violando de manera permanente el derecho de la mayoría ciudadana y haciendo que la razón de Estado prevalezca por sobre los derechos ciudadanos fundamentales.
En Bolivia en esta perspectiva se inscribe el Código Banzer, que, en un afán modernista, legaliza el poder de Estado y persecutorio sobre las organizaciones sociales y sindicales, que aún prevale hasta hoy y que tiene a Tuto Quiroga como el más fiel defensor de esta función estatal. Hubieron modificaciones en la era neoliberal en la época del Goni a través del ministro Blattman, que buscaron una mayor modernización de acuerdo a las condiciones del mercado, de esta manera, no se podía permitir normas vigentes como la prisión por deuda que era una nomenclatura feudal que continuaba vigente, o la prisión eterna en los hechos de quien no tenía recursos ni posibilidades, pero además el de generar las garantías plenas para la inversión privada e internacional; era el propósito de la reforma neoliberal antes que la protección de los derechos ciudadanos. Esta norma se encuentra defendida plenamente por el empresario Doria Medina y el mismo que como político defiende la libre empresa por sobre los intereses de la mayoría popular.
En este marco legal es que podemos entender como el resultado ha sido una mayor persecución penal, un excesivo encarcelamiento de las víctimas que generaron una sobrepoblación penal y las condiciones institucionales para la corrupción generalizada en el sistema judicial y penal. Esta condición ha sido heredada por el actual proceso de Cambio que luego de 12 años tan sólo ha administrado la crisis del sistema republicano y neoliberal. Para generar una mayor eficiencia ha implementado una mayor persecución penal que ha tenido como consecuencia un aún mayor abarrotamiento del sistema penitenciario, que combinado con leyes anticorrupción también han permitido a los jueces poner como norma el encarcelamiento antes que las salidas alternativas a la pena impuesta.
Por eso históricamente en crisis, el sistema penal y judicial se debate en medio del sufrimiento ciudadano y de la corrupción generalizada de los operadores de justicia en el marco institucional del Estado Republicano y neoliberal que dejó normas instituidas que no fueron cambiadas. Las elecciones judiciales fueron un camino para la democratización de la justicia y sin embargo no es suficiente, cambiar a los operadores si estos fueron formados por la misma escuela que promueve el conservadurismo, el poder de Estado y en definitiva la corrupción; aún más si precisamente su elección se convierte en un proceso plebiscitario para la oposición y no en la elección de los mejores para transformar la justicia de manera estructural.
Precisamente el Código Penal buscaba convertirse en una herramienta para los operadores de justicia, pero también para la ciudadanía, que busca la transformación de la conducta estatal; asumir el garantismo como fundamento y la necesaria protección de los más vulnerables como parte de la justicia penal necesaria. Para el conocimiento de alguna ignorancia opositora, el Código Penal presentado demoró más de 3 años en su elaboración y además de contar con la opinión de importantes juristas nacionales, tuvo el aporte de Raúl Zaffaroni, ex juez del Tribunal Constitucional argentino y toda una celebridad mundial en la construcción de un sistema penal alternativo. Así mismo con Augusto Binder, otro penalista argentino, que en Procedimiento Penal es una autoridad latinoamericana en la temática y reconocido por todas las facultades de Derecho en el continente. También Jorg Stippel, Doctor en Derecho alemán amplio conocedor de la normativa boliviana y experto en derecho penal. Mencionar a Jorge Paladines de Ecuador como experto en tema de drogas y a Luís Ávila, constitucionalista, garantista y Defensor público de Ecuador.
En definitiva, todos ellos junto al equipo boliviano son parte de una corriente internacional del garantismo que busca más que la acción punitiva y persecutoria, la garantía del cumplimiento de los derechos de las víctimas, que son normalmente los más vulnerables de la sociedad. Está demás decir que la inventiva opositora de que Cuba o Venezuela nos hubieran dado como modelo sus Códigos es falsa y más bien decir que nuestro país junto a Ecuador seríamos los países que hubiéramos contado con los primeros Códigos garantistas del continente. No fue posible por ahora, ante la presión generada por la distorsión política de los opositores.
Recordar que en el pasado republicano y neoliberal nunca se nos consultó sobre las normas aprobadas por los grupos partidarios de poder y la misma Embajada Norteamericana, y que ahora por la Democracia Intercultural que construimos que incluyen incalculables formas comunicativas, es posible participar, enterarse y opinar, pero también esas mismas redes pueden ser objeto de distorsión y manipulación política por quienes en realidad tienen como intención no la mejora de la convivencia social y la Democracia, sino el retorno al pasado autoritario, a la “democracia elitaria” y a la corrupción estatal generalizada que les daba réditos. Seguramente que quienes buscamos una mejor vida y convivencia entre todos, tendremos que contar con una política comunicacional cualitativamente más efectiva, que nos permita una amplia socialización, deliberación y aporte para finalmente llegar a la aprobación del Código Penal consensuado que nos permitirá junto a otras normas legales emprender la transformación de la justicia.
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